Se conoce como fuente fija la fuente de emisión situada en un lugar determinado e inamovible, aún cuando la descarga de contaminantes se produzca en forma dispersa. Un contaminante es un fenómeno físico, puede ser una sustancia, un elemento en estado sólido, líquido o gaseoso, causante de efectos adversos en el medio ambiente, a los recursos naturales renovables y a la salud humana que solos o en combinación, o como productos de reacción, se emiten al aire por causa de actividades humanas, de causas naturales, o de una combinación de éstas.
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La Subdirección de gestión Ambiental sectorial por medio de su personal se encarga de realiza la observación y seguimiento constante, medición, evaluación y control de los fenómenos de contaminación del aire en los municipios del departamento de Risaralda, por otra parte ejecuta programas de prevención, control y mitigación de impactos contaminantes del aire, en asocio con los municipios y distritos.
Entre las labores de la CARDER esta la de realizar un acompañamiento constante a la comunidad para dar atención oportuna y eficiente a las solicitudes que pueden generar algún tipo de afectación por las prácticas en contra del medio ambiente.
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El permiso de emisión atmosférica lo concede solo la autoridad ambiental competente, se realiza mediante acto administrativo, para que una persona natural o jurídica, pública o privada, dentro de los límites permisibles establecidos en las normas ambientales respectivas, pueda realizar emisiones al aire. El permiso sólo se otorgará al propietario de la obra, empresa, actividad, industria o establecimiento que origina las emisiones. Los permisos de emisión por estar relacionados con el ejercicio de actividades restringidas por razones de orden público, no crean derechos adquiridos en cabeza de su respectivo titular, de modo que su modificación o suspensión podrá ser ordenada por las autoridades ambientales competentes cuando surjan circunstancias que alteren sustancialmente aquéllas que fueron tenidas en cuenta para otorgarlo, o que ameriten la declaración de los niveles de prevención, alerta o emergencia.
El permiso puede obtenerse como parte de la licencia ambiental única, o de la licencia global, o de manera separada, en los demás casos previstos por la ley y los reglamentos.
No se requerirá permiso de emisión atmosférica para emisiones que no sean objeto de prohibición o restricción legal o reglamentaria, o de control por las regulaciones ambientales.
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CASOS QUE ESTÁN SUJETOS AL TRAMITE DE PERMISO DE EMISIONES
Quemas abiertas controladas en zonas rurales
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Descargas de humos, gases, vapores, polvos o partículas por ductos o chimeneas de establecimientos industriales, comerciales o de servicio
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Emisiones fugitivas o dispersas de contaminantes por actividades de explotación minera a cielo abierto
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Incineración de residuos sólidos, líquidos y gaseosos
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Operaciones de almacenamiento, transporte, carga y descarga en puertos, susceptible de generar emisiones al aire
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Operación de calderas o incineradores por un establecimiento industrial o comercial
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Quema de combustibles, en operación ordinaria, de campos de explotación de petróleo y gas
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Procesos o actividades susceptibles de producir emisiones de sustancias tóxicas
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Producción de lubricantes y combustibles
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Refinación y almacenamiento de petróleo y sus derivados; y procesos fabriles petroquímicos
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Operación de plantas termoeléctricas
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Operación de reactores nucleares
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Actividades generadoras de olores ofensivos
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Las demás que el Ministerio del Medio Ambiente establezca, con base en estudios técnicos que indiquen la necesidad de controlar otras emisiones
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REQUISITOS PARA EL TRÁMITE DEL PERMISO DE EMISIONES Requisitos Generales
Formulario Único Nacional adoptado por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, debidamente diligenciado y acompañado de los documentos que en él se indican para las solicitudes de licencias ambientales, concesiones de aguas superficiales o subterráneas y permisos de exploración de aguas subterráneas, vertimientos, emisiones atmosféricas y de investigación científica en diversidad biológica.
La petición deberá contener:
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Nombre, razón social, identificación del interesado (NIT o cédula) y domicilio.
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Poder, en caso de actuarse mediante apoderado (Artículo 35 Decreto 196 de 1971), el cual debe ser abogado inscrito.
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Certificado de existencia y representación legal (cuando se trate de una persona jurídica).
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Para proyectos nuevos en la Entidad, certificado de uso conforme y aptitud del suelo para la actividad que se pretende desarrollar, expedido por la autoridad municipal competente. Exceptuando los aprovechamientos persistentes de bosques y guaduales naturales y las plantaciones protectoras – productoras y protectoras. Además, del trámite de concesión de agua y permiso de vertimiento para viviendas existentes.
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Certificado de tradición y libertad con fecha de expedición no mayor a tres (3) meses si es el propietario, o prueba de posesión si es el poseedor del inmueble.
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Autorización del propietario o poseedor si es mero tenedor.
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Motivo de la solicitud cuando el trámite no disponga de Formulario Único Nacional
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Estimativo del valor del proyecto, expresado en moneda legal colombiana y calculado con base en los precios del momento en que se presenta la solicitud.
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Plano de localización de la obra o actividad que incluya la topografía a escala adecuada, la infraestructura actual y/o proyectada, y las obras proyectadas objeto del trámite. Exceptuando el trámite de concesión de agua y permiso de vertimiento para una familia compuesta por hasta 5 personas, en una vivienda aislada, quien presentará un esquema.
Nota: La solicitud debe estar suscrita por el propietario, poseedor o tenedor del predio o por el apoderado (abogado) en caso de haberse otorgado poder debidamente diligenciado.
Nota: Actualmente la CARDER esta exigiendo el Formulario Único Nacional en los siguientes trámites: Permiso de ocupación de cauce, Permiso de Vertimientos, Concesión de aguas superficiales, Concesión de aguas subterráneas, Permiso de Emisiones Atmosféricas y Licencia Ambiental.
Requisitos Específicos:
- Formato Único Minambiente.
- Descripción de las obras, procesos y actividades que generan emisiones
- Fecha proyectada de iniciación de las actividades, o de iniciación y terminación si se trata de emisiones transitorias.
- Planos de ductos con indicación de materiales, medidas y características técnicas.
- Flujograma con indicación, caracterización y ubicación de los puntos de emisión.
- Datos de producción actual y proyectada a cinco (5) años.
- Evaluación de las emisiones durante los procesos de combustión o producción
- Caracterización de materias primas y consumo de combustibles por fuente de emisión.
- Diseño de los sistemas de control de emisiones e informe de ingeniería.
Marco Normativo Decreto 948/95, artículo 75. Resolución MAVDT 619/97. Resoluciones MAVDT 058/02 y 886/04. Decreto 2107/95
EMPRESAS QUE CUENTAN CON TRAMITE DE EMISIONES ATMOSFERICAS ANTE LA CARDER
EMPRESA
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TRAMITE
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RESOLUCIÓN
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VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN
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TRILLADORA PEREIRA
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P.E
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277
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03/04/2006
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03/03/2011
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BUSSCAR DE COLOMBIA SEDE PEREIRA
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P.E
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2806
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17/12/2009
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17/12/2014
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CANTERA LA BALASTRERA
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L.A
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1898
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22/12/2008
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22/12/2013
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METROVIAS CORREDORES
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P.E
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2012
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07/10/2009
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07/10/2014
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EXEQUIALES LOS JAZMINES
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P.E
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1348
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21/07/2009
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21/07/2014
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AUSTEEN REED MANOFACTURA & CIA Ltda.
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P.E
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1829
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11/12/2008
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11/12/2013
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TRITURADORA DE PIEDRA LA PASTORA
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P.E
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1390
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17/10/2008
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17/10/2013
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PLANTA DE MEZCLA ASFALTICA EL VERGEL-INFERCAL S.A
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P.E
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939
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26/05/2009
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26/05/2014
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INCOAJUSTES Ltda. (Ecopetreos)
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P.E
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2246
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27/10/2009
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18/08/2014
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CANTERRA COMBIA II
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L.A
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936
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23708/2005
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Vencimiento titulo minero
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NICOLE S.A.
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P.E
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1633
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14/09/2007
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14/09/2012
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FRIGOTÚN S.A.T. LTDA
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P.E
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1111
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29/08/2008
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29/08/2013
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PARQUE CEMENTERIO PRADOS DE PAZ
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P.E
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1779
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29/11/2007
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29/11/2012
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FUNERARIA CAMINOS DE LA PAZ Ltda.
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P.E
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2803
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17/12/2009
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17/12/2009
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LADRILLERA LA ESMERALDA
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L.A
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762
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06/06/2007
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Fin del proyecto.
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BUSSCAR DE COLOMBIA SEDE LA ROMELIA
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P.E
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1549
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18/08/2009
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18/082014
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PLANTA DE TRITURACIÓN Y MEZCLA ASFALTICA CONALVIAS S.A
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P.E
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635
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03/06/2008
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03/06/2010
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PROYECTO MINERO BKH 103 y BKH-103 MATERIAL DE ARRASTRE EL CAIRO
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L.A
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1914
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19/12/2007
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Fin del proyecto
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INGENIO RISARALDA QUEMAS
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P.E
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202
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10/05/2007
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10/05/2012
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INGENIO RISARALDA PLANTA RECUPERACION CO2
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L.A
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2516
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17/11/2009
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17/11/2014
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INGENIO RISARALDA PLANTA DE PRODUCCIÓN BICARBONATO DE SODIO
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P.E
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1778
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27/11/2007
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27/11/2012
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PAPELES REGIONALES
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P.E
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1201
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02/07/2009
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02707/2014
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CANTERA LA REINA
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L.A
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1060
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10/06/2009
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Fin del proyecto
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AMERICANA DE CURTIDOS
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P.E
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752
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14/06/2007
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14/06/2012
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LOUIS DREYFUS- COMMODITIES Colombia Ltda.
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P.E
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1277
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30/11/2006
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05/06/2010
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INGENIO RISARALDA CALDERAS
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P.R.T.L.
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1693
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LA OFRENDA
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P.E
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1132
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07/10/2005
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07/10/2010
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P.E: Permiso de emisiones atmosféricas L.A: Licencia Ambiental que incluye el Permiso de emisiones atmosféricas P.R.T.L: Plan de Reconversión a Tecnologías Limpias
NORMATIVIDAD NACIONAL QUE ACTUALMENTE REGULA EL TEMA DE EMISIONES ATMOSFÉRICAS GENERADAS POR FUENTES FIJAS
A continuación se presenta la normatividad nacional que actualmente regula el tema de emisiones atmosféricas generadas por fuentes fijas.
Decreto 02 del 11 de enero de 1982, reglamenta la altura de descarga de fuentes fijas. Ley 99 de diciembre 22 de 1993. Por la cual se crea el Ministerio del Medio Ambiente. Decreto 02 de 1982 Norma de Calidad del Aire del Ministerio de Salud. Resolución 619 de 1997 MAVDT. Industrias, obras, actividades o servicios que requieren permiso de emisiones. Decreto 979 del 3 de Abril de 2006, modifica los artículos 7,10,93,94,108 del Decreto 948 de 1995 Resolución 601 del 4 de Abril de 2006, se establece la norma de calidad de aire o nivel de inmisión para todo el territorio nacional. Decreto 948 de junio de 1995 MAVDT, en relación con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire.
Resolución 909 del 5 de Junio de 2008, MAVDT, Por la cual se establecen las normas y estándares de emisión admisibles de contaminantes a la atmósfera por fuentes fijas y se dictan otras disposiciones.
Decreto 276, del Ministerio de Agricultura, quemas.
PROTOCOLO PARA EL CONTROL Y
VIGILANCIA DE LA CONTAMINACIÓN
ATMOSFÉRICA GENERADA POR FUENTES
FIJAS
Competencias de la CARDER
-Otorgar los permisos de emisión de contaminantes al aire. -Declarar los niveles de prevención, alerta y emergencia en el área donde ocurran eventos de concentración de contaminantes que así lo ameriten, conforme a las normas establecidas para cada nivel por el Ministerio del Medio Ambiente, y tomar todas las medidas necesarias para la mitigación de sus efectos y para la restauración de las condiciones propias del nivel normal. -Restringir en el área afectada por la declaración de los niveles de prevención, alerta o emergencia, los límites permisibles de emisión de contaminantes a la atmósfera, con el fin de restablecer el equilibrio ambiental local. - Realizar la observación y seguimiento constantes, medición, evaluación y control de los fenómenos de contaminación del aire y definir los programas regionales de prevención y control. -Realizar programas de prevención, control y mitigación de impactos contaminantes del aire, en asocio con los municipios y distritos, y absolver las solicitudes de conceptos técnicos que éstos formulen para el mejor cumplimiento de sus funciones de control y vigilancia de los fenómenos de contaminación del aire. - Ejercer, con el apoyo de las autoridades departamentales, municipales o distritales, los controles necesarios sobre quemas abiertas. -Fijar los montos máximos, de las tasas retributivas y compensatorias que se causen por contaminación atmosférica, y efectuar su recaudo. -Asesorar a los municipios y distritos en sus funciones de prevención, control y vigilancia de los fenómenos de contaminación atmosférica. -Adelantar programas de prevención y control de contaminación atmosférica en asocio con las autoridades de salud y con la participación de las comunidades afectadas o especialmente expuestas. -Imponer las medidas preventivas y sanciones que correspondan por la comisión de infracciones a las normas sobre emisión y contaminación atmosférica.
Realización de talleres en Municipios del departamento del Risaralda en aras de brindar apoyo a las alcaldías municipales y oficinas verdes en temas relacionados con los temas relacionados con las emisiones generadas por las fuentes fijas. Realización de talleres dirigidos al sector educativo y entidades municipales en temas relacionados con la contaminación atmosférica generada por fuentes fijas Capacitación a autoridades de policía relacionados con la normatividad actualmente vigente en los temas relacionados con la prevención y control de la contaminación atmosférica y la protección de la calidad del aire. Atención de quejas y denuncias de la ciudadanía, el sector privado y los entes gubernamentales en temas de emisiones a la atmosfera generadas por fuentes fijas. Acompañamiento de la alcaldía municipal (secretaria de gobierno) y policía ambiental y ecológica
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