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  • Fecha de creación enero 24, 2024
  • Última actualización enero 24, 2024

AUTO MODIFICATORIO DE INICIO DE TRAMITE No.0010-2024

Por medio de la cual se modifica el  inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta la información allegada por el señor JOSE FARID MERHEG SABBAGH, autorizado por el señor EDUARDO MERHEG SABBAGH, el señor RICARDO MERHEG SABBAGH, la señora MARIA CLARA MERHEG SABBAGH y la señora NAYUATE SABBACH actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 14 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 15 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda,  actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 16 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 17 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, solicitaron a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 21735 del 06 de octubre de 2023, Prorroga de la Resolución No. 2508 del 19 de noviembre de 2021, en cuanto a Demarcación de Zonas de Retiro o Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas. B.- Que, una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente 2396-247, relacionado con el oficio No. 21735 del 06 de octubre de 2023, y se expidió el Auto de Inicio de Trámite No. 01221 del 13 de octubre de 2023. C.- Que el Auto de Inicio de Trámite No. 01221 del 13 de octubre de 2023, se asignó al componente técnico para realizar la evaluación correspondiente. D.- Que mediante oficio radicado en CARDER No. 27386 del 19 de diciembre de 2023, el usuario allega nueva información para ser tenida en cuenta en la evaluación del Auto de Inicio de Trámite No. 01221 del 13 de octubre de 2023. E.- Que al revisar la información aportada el componente técnico evidencia que se cambiarían las condiciones iniciales del otorgamiento de la Resolución No. 2508 del 19 de noviembre de 2021, siendo así el trámite procedente Prorroga y Modificación de la Resolución No. 2508 del 19 de noviembre de 2021, en cuanto a Demarcación de Zonas de Retiro o Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas. F.- Que mediante oficio radicado en CARDER No. 881 del 16 de enero de 2024, el usuario aporta la siguiente información: Reliquidación de los servicios de trámites ambientales. Soporte de pago. G.- Que mediante memorando No. 228 del 17 de enero de 2024, el componente técnico adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicitó la modificación del Auto de Inicio No. 01221 del 13 de octubre de 2023, en el sentido de incluir la Modificación de la Resolución No. 2508 del 19 de noviembre de 2021. H.- Que, de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de Trámite No. 01221 del 13 de octubre de 2023, se debe modificar en el Considerando en el literal A, en el Artículo Primero del dispone, conforme lo expuesto en los literales anteriores. I.- Que la ley 1437 de 2011 en su artículo 45 establece la posibilidad de corregir los errores formales contenidos en los actos administrativos. “En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. Realizada la corrección, esta deberá ser notificada o comunicada a todos los interesados, según corresponda.” Que, en mérito de lo expuesto, la Subdirección De Gestión Ambiental Sectorial de la CARDER; RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 01221 del 13 de octubre de 2023, en el literal A del Considerando, el cual quedará de la siguiente manera: A.- Que el señor JOSE FARID MERHEG SABBAGH, autorizado por el señor EDUARDO MERHEG SABBAGH, el señor RICARDO MERHEG SABBAGH, la señora MARIA CLARA MERHEG SABBAGH y la señora NAYUATE SABBACH actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 14 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 15 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, ctuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 16 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 17 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 21735 del 06 de octubre de 2023, Prorroga y Modificación de la Resolución No. 2508 del 19 de noviembre de 2021, en cuanto a Demarcación de Zonas de Retiro o Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el Auto de inicio de Trámite No. 01221 del 13 de octubre de 2023, en el Artículo Primero del dispone, el cual quedará de la siguiente manera: ARTÍCULO PRIMERO: - INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Prorroga y Modificación de la Resolución No. 2508 del 19 de noviembre de 2021, en cuanto a Demarcación de Zonas de Retiro o Fajas Protectoras de Corrientes Hídricas, a favor del señor JOSE FARID MERHEG SABBAGH, autorizado por el señor EDUARDO MERHEG SABBAGH, el señor RICARDO MERHEG SABBAGH, la señora MARIA CLARA MERHEG SABBAGH y la señora NAYUATE SABBACH actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 14 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 15 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 16 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, actuando el calidad de copropietarios del predio denominado, UR LA JULIA MZ F LT 17 (Según Certificado de Traición), localizado en la jurisdicción del municipio de Pereira, departamento de Risaralda, ARTÍCULO TERCERO: Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de Trámite No. 01221 del 13 de octubre de 2023, continúan vigentes.