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- Fecha de creación julio 15, 2021
- Última actualización julio 15, 2021
Por medio de la cual se modifica el inicio de una actuación administrativa teniendo en cuenta Que la ley 1437 de 2011 en su artículo 45 establece la posibilidad de corregir los errores formales contenidos en los actos administrativos.
Que el señor OSCAR RINCON CASTAÑO, propietario del predio denominado, SIN DIRECCIÓN EL CONTENTO, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda La Fría, municipio de Dosquebradas, quien solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 10791 del 07 de junio de 2021, Prórroga de la Resolución No. 2380 del 11 de octubre de 2016, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos.- Que una vez revisados los documentos en la ventanilla verde, se asoció el expediente No. 6115, relacionado con el oficio No. 10791 del 07 de junio de 2021 y se expidió el Auto de inicio de trámite No. 701 del 07 de julio de 2021.- Que una vez asignado el Auto de inicio de trámite No. 701 del 07 de julio de 2021; a la parte técnica para su evaluación, esta pudo evidenciar que se incurrió en un error en la proyección del Acto Administrativo toda vez que la Prórroga de la Resolución No. 2380 del 11 de octubre de 2016, es en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos y únicamente se realizó en cuanto al Permiso de Vertimientos. - Que mediante memorando No. 2100 del 10 de julio de 2021, el profesional adscrito a la Subdirección de Gestión Ambiental Sectorial, solicitó la corrección del Auto de inicio de trámite No. 701 del 07 de julio de 2021, en el sentido de incluir el trámite de la Concesión de Aguas Superficiales en la Resolución a Prorrogar.- Que de acuerdo con el procedimiento interno de la entidad, se determina que el Auto de inicio de trámite No. 701 del 07 de julio de 2021, se debe corregir en el literal A y E de los antecedentes y en el Artículo Primero del dispone, iniciando el trámite de prórroga de Prórroga de la Resolución No. 2380 del 11 de octubre de 2016, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos. RESUELVE Corregir el Auto de inicio de trámite No. 701 del 07 de julio de 2021, en el literal A y E de los antecedentes, el cual quedara de la siguiente manera Que el señor OSCAR RINCON CASTAÑO, propietario del predio denominado CONTENTO, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda La Fría, municipio de Dosquebradas, quien solicitó a esta Autoridad Ambiental mediante radicado No. 10791 del 07 de junio de 2021, Prórroga de la Resolución No. 2380 del 11 de octubre de 2016, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos. Que con base en la verificación de la información y documentación presentada y descrita en el literal anterior, se observa que formalmente allegó la documentación requerida para dar inicio a los trámites de Prórroga de la Resolución No. 2380 del 11 de octubre de 2016, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, de conformidad con lo establecido en el Decreto No. 2811 de 1974, Decreto No. 1541 de 1978, Decreto No. 1575 de 2007, Decreto No. 3930 de 2010, Compilados por Decreto único reglamentario 1076 de 2015, Ley No. 99 de 1993, Ley 1955 de 2019. Corregir el Auto de inicio de trámite No. 701 del 07 de julio de 2021, en el Artículo Primero del Dispone el cual quedará de la siguiente manera INICIAR el trámite Administrativo Ambiental de Prórroga de la Resolución No. 2380 del 11 de octubre de 2016, en cuanto a la Concesión de Aguas Superficiales y Permiso de Vertimientos, a favor del señor OSCAR RINCON CASTAÑO, propietario del predio denominado, SIN DIRECCIÓN EL CONTENTO, (Según Certificado de Tradición), localizado en la vereda La Fría, municipio de Dosquebradas, Señalar clara e inequívocamente que las demás disposiciones del Auto de inicio de trámite No. 701 del 07 de julio de 2021, continúan vigentes.