La Corporación Autónoma Regional de Risaralda, como autoridad ambiental, con la expedición del Decreto 2372 de 2010 se vio en la necesidad de replantear las categorías de manejo de las áreas protegidas de carácter regional y departamental existentes en Risaralda, pertenecientes al Sistema Departamental de Áreas Protegidas SIDAP Risaralda. De esta forma, áreas que habían sido declaradas perdieron su peso legal para ser reconocidas como tal, una de estas áreas es el Área de Manejo Especial Étnica (AME) Alto Amurrupá, debido a que en la normatividad nacional, no hay una categoría de manejo relacionada con áreas naturales de carácter étnico, que contemple las características que la CARDER y las comunidades étnicas del departamento definieron en su momento.
Por otra parte, con la promulgación de la Ley 70 de 1993 en la que se reconoce la propiedad colectiva de las comunidades negras en el País, y en donde es inherente la conservación y preservación de los recursos naturales, se plantea en su artículo 25, que las áreas que la autoridad ambiental considere necesarias para la protección de especies, ecosistemas o biomas, por su significación ecológica, se constituirán como Reservas Naturales Especiales, sin embargo, este artículo no se encuentra reglamentado por lo que este tipo de reservas no tienen peso legal. La Corporación Autónoma Regional en este caso reconoce estas áreas como Estrategias Complementarias de Conservación y hacen parte de SIDAP Risaralda.
Estas Estrategias Complementarias de Conservación – ECC sirven para favorecer la prestación de servicios ecosistémicos de los cuales depende el desarrollo del país, así como para sensibilizar a las personas acerca de la importancia que tienen estos espacios para la pervivencia de muchas especies de fauna y flora. Igualmente estas áreas sirven para apoyar los objetivos de permanencia de las plataformas culturales y naturales y el saber ancestral de pueblos y comunidades étnicas en el Departamento y la región, del Sistema Nacional de Áreas Protegidas. Además de promover la participación de las comunidades en la gestión ambiental territorial, el fortalecimiento de las organizaciones propias, el mejoramiento de las condiciones ambientales, así como espacios y procesos de trabajo intersectorial e interinstitucional para la conservación de las estructuras socio ecológicas regionales.
El Área de Manejo Especial Étnica (AME) Alto Amurrupá se encuentra dentro del globo levantado por el INCORA para la titulación del Territorio Colectivo de Santa Cecilia, revisado y aprobado por la comisión técnica de que trata el artículo 8° de la Ley 70 de 1993. Fue declarada mediante Acuerdo del Consejo Directivo No. 23 de 1999 expendido por la Corporación Autónoma Regional de Risaralda – CARDER, donde se define su delimitación y se dictan normas para el ordenamiento de la misma, con una extensión aproximada de 10.823 hectáreas.
Él AME se encuentra ubicada en el municipio de Pueblo Rico Risaralda, en la cuenca alta del río San Juan, haciendo parte del Territorio Colectivo de Santa Cecilia, ubicado al suroccidente del mismo y al extremo noroccidental del departamento de Risaralda, sobre la Cordillera Occidental de los Andes Colombianos donde confluye la Región Andina con el Pacífico Biogeográfico, colindando al Sur con el Parque Nacional Natural Tatamá, al Occidente con el municipio de Tadó, departamento del Chocó, Territorio Colectivo Mayor del Alto San Juan – ASOCASAN y al oriente con el Resguardo Indígena Unificado Chamí y con baldíos nacionales.
Ubicación general del Área de Manejo Étnica Especial Alto Amurrupá
Fuente: Convenio CARDER – DTAO-PNN – ASOCASAN
La comunidad reconoció el Alto Amurrupá como un espacio de todos, donde se aprovechaban los recursos naturales, fauna de cacería, plantas medicinales y maderas. Se identificó la necesidad de proteger este espacio, para garantizar su conservación y la prestación de los servicios ecosistémicos. Se acordó entonces declarar un área de manejo especial del grupo étnico, donde a través de la realización de un plan de manejo, se lograra reglamentar el uso de tal manera que se garantice la conservación de los recursos naturales.
De esta manera fue declarada el Área de Manejo Especial Étnica (AME) Alto Amurrupá mediante el Acuerdo 23 del 6 de Diciembre de 1999 del Consejo Directivo de la CARDER, previa construcción colectiva entre las comunidades e instituciones y la aceptación del Consejo Comunitario de comunidades Negras de Santa Cecilia. Se encuentra reconocido dentro del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Pueblo Rico y el Plan de Manejo de los Recursos Naturales del Territorio Colectivo de Comunidades Negras de Santa Cecilia. La declaratoria del AME Alto Amurrupá da respuesta a las disposiciones de la Ley 70 de 1993 en relación con el capítulo IV sobre el uso de la tierra y protección de los recursos naturales y del ambiente, donde se reglamenta el uso y aprovechamiento sostenible del territorio colectivo de comunidades negras desde la consolidación de prácticas culturales de manera amigable con la naturaleza (Plan de Manejo AME, 2012). Sin embargo, estas áreas en territorios étnicos, a pesar de contar con un amplio marco normativo para proteger sus derechos, dentro del sistema de áreas protegidas a nivel nacional no cuenta con categorías que respondan a sus necesidades. Lo anterior genera un vacío en la gobernanza comunitaria de las áreas protegidas y los territorios conservados por las comunidades, que pueden ser destinados a otros usos incompatibles con la conservación, frente a lo cual las autoridades ambientales y los entes territoriales son vulnerables (Rojas, 2014).
Él AME Alto Amurrupá para su declaratoria, contaba con una investigación sobre su flora y fauna, realizado por la Fundación Pichindé y por la Corporación Autónoma Regional de Risaralda. Posteriormente se han llevado a cabo nuevas investigaciones que han aumentado el conocimiento de la riqueza presente en esta Área Protegida y es continuo el aprendizaje y el entendimiento de la importancia de su conservación.
De acuerdo a la revisión cartográfica realizada durante el 2018 en el marco de la actualización de Plan de Manejo del AME realizado mediante convenio CARDER – Dirección Territorial Andes Occidentales – PNN y ASOCASAN, se ajustó el polígono, obteniendo que el Alto Amurrupá tiene un área de 9.004,88 hectáreas y 55,43 Km de perímetro.
Ubicación y límites del área del Área de Manejo Especial Alto Amurrupá
Fuente: Convenio CARDER – DTAO-PNN – ASOCASAN
El Área de Manejo Especial Étnico Alto Amurrupá hace parte del Territorio Colectivo del Corregimiento de Santa Cecilia, territorio que se encuentra habitado principalmente por comunidades negras e indígenas y en menor medida por mestizos, destacando así la interculturalidad manifiesta en el encuentro de estas distintas comunidades.
El Territorio Colectivo de Santa Cecilia en el cual se encuentra él AME Alto Amurrupá se circunscribe en un contexto regional de vecindad con Territorios Étnicos, ubicados y distribuidos en los departamentos de Chocó y Risaralda, así como de Áreas Protegidas de carácter nacional y regional, colindando con el Parque Nacional Natural Tatamá, el Resguardo indígena Gitó – Dokabú, Resguardo Unificado Chamí, el Territorio Colectivo de Piedras Bachichí y el Territorio Colectivo Mayor del Alto San Juan ASOCASAN.
El Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá se encuentra en el Chocó Biogeográfico, región priorizada para la conservación desde el año 1998 por su importancia global para mantener procesos naturales que promueven el bienestar y contribuyen a la permanencia de la vida en el planeta (Olson y Dinerstein, 1998). El Chocó biogeográfico, al ser un ecosistema estratégico para el mundo, requiere de un trabajo articulado que permita implementar acciones de conservación efectivas basadas en mecanismos diversos de gestión del territorio, sustentadas en medidas de conservación acorde a las realidades locales, bajo el principio de un manejo colaborativo entre vecinos.
Durante varios años La CARDER ha adelantado su gestión en este territorio mediante un proyecto de Planificación y Ordenación del Pacífico Biogeográfico Risaraldense, el cual se orienta a la armonización de las acciones de conservación y uso sostenible tradicional en la zona de colindancia entre el Parque Nacional Natural Tatamá, el Corredor de Conservación Biocultural Cértegui – Yerrecuí – Amurrupá y el Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá en el Territorio Colectivo de Santa Cecilia. Durante el 2018 en asocio con PNN y ASOCASAN La Corporación apoyó y acompañó la actualización del Plan de Manejo del AME Alto Amurrupá, el cual está en proceso de ser adoptado por el Consejo comunitario de Santa Cecilia.
El Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá se declaró con el objetivo de ordenar y planificar las actividades de protección, uso y aprovechamiento de la biodiversidad presente en el territorio colectivo, a partir de iniciativas de conservación que permitan la protección de espacios naturales de importancia regional y nacional. Además fomentar la preservación del patrimonio cultural de las comunidades negras, desde prácticas y uso sostenible del ambiente y los recursos naturales identificados en el territorio colectivo. De esta manera, el objetivo de conservación definido para el Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá actualizado en este Plan de Manejo es:
“Salvaguardar el patrimonio ecológico y cultural de las comunidades negras asentadas en el Territorio Colectivo de Santa Cecilia, mediante la conservación in-situ de ecosistemas y hábitats naturales del Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá, protegiendo las especies y poblaciones de fauna y flora endémicas, vulnerables y en peligro de extinción”
Valores objeto de Conservación definidas para el Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá para el componente de fauna.
Grupo | Nombre común | Nombre científico | Categoría de amenaza |
Mamífero | Mono araña | Ateles fusciceps | En peligro critico – CR |
Mamífero | Guagua curri | Cuniculus paca | Preocupación menor – LC |
Mamífero | Oso andino | Tremarctos ornatus | Vulnerable – VU |
Mamífero | Tatabro | Tayassu tajacu | Vulnerable – VU |
Ave | Pava | Penelope ortoni | En peligro – EN |
Ave | Paujil | Crax rubra | Vulnerable – VU |
Ave | Correcaminos | Neomorphus radiolosus | En peligro – EN |
Fuente: Convenio CARDER – DTAO-PNN – ASOCASAN
Valores objeto de Conservación definidas para el Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá para el componente de flora.
Nombre común | Nombre científico | Categoría de amenaza |
Comino | Aniba perutilis | Peligro critico – CR |
Guayacan negro | Minquartia guianensis | Casi amenazada – NT |
Algarrobo | Hymenaea courbaril | Preocupación menor – LC |
Copachí | Magnolia chocoensis | En Peligro – EN |
Fuente: Convenio CARDER – DTAO-PNN – ASOCASAN
A partir de la información obtenida en talleres con participación de la comunidad y salidas de campo para verificación de usos, y con el objetivo de realizar el ajuste cartográfico del Área, se elaboró el mapa de zonificación ambiental para el ordenamiento del Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá, obteniendo dos categorías de uso del suelo; Zona de Conservación y Zona de Uso Múltiple Sostenible (Figura 13), determinadas con puntos GPS sobre la frontera agropecuaria, estableciendo las zonas de uso y manejo del Territorio, modificando así las definidas en el Plan de Manejo anterior en el cual se retomaron los lineamientos generales para la zonificación de áreas protegidas ajustándolos al área étnica. En este caso, se tuvo principalmente en cuenta a la comunidad para realizar dicha zonificación y definir los usos del suelo.
Zonificación del área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá
Fuente: Convenio CARDER – DTAO-PNN – ASOCASAN
Categorías de zonificación y número de hectáreas.
Zona | Número de hectáreas |
Zona de Conservación | 5.901,14 |
Zona de Uso Múltiple Sostenible | 3.103,75 |
TOTAL | 9.004,92 |
Zonificación del Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá
Zonificación Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá | |
Zona de Conservación | Descripción: Coberturas naturales que no han sido fuertemente intervenidas por la comunidad y han de mantenerse ajenas a las actividades humadas que puedan causar alteraciones en ella, con el fin de que las condiciones naturales se conserven a perpetuidad. |
Extensión: 5.901,14 hectáreas. | |
Intención de Manejo: Mantener en estado deseable la integridad ecológica del AME Alto Amurrupá, contribuyendo a la prestación de servicios ecosistémicos especialmente la provisión de recurso hídrico y la regulación climática. Igualmente se deben formalizar los usos permitidos mediante el ejercicio de la autoridad para el desarrollo de investigaciones, monitoreos y ecoturismo. | |
Reglamentación de Manejo (Actividades permitidas) | |
De conservación: Actividades de monitoreo de los Valores Objeto de Conservación del AME Alto Amurrupá | |
De investigación: Investigación y estudios que aporten al conocimiento de las especies de flora y fauna presentes en estos. | |
Zona de Uso Múltiple Sostenible | Descripción: Incluye los espacios en los cuales la comunidad adelanta actividades productivas y extractivas compatibles con el objetivo de conservación del área |
Extensión: 3.103,75 | |
Intención de Manejo: El manejo realizado en esta zona, a pesar de ser definida como de aprovechamiento, éste, debe ser sostenible, definiendo así unas sub-zonas descritas en el Plan de Manejo del año 2012. | |
Reglamentación de Manejo (Actividades permitidas). | |
Sub-zona para el aprovechamiento sostenible: Son espacios definidos con el fin de aprovechar en forma sostenible la biodiversidad contribuyente a su preservación o restauración. | |
Sub-zona para el desarrollo: Son espacios donde se permiten actividades controladas de agricultura, ganadería, minería, pesca, actividades forestales, habitacionales y ejecución de proyectos de desarrollo, bajo un esquema compatible con los objetivos de conservación de área. | |
Zona General de uso público: Son aquellos espacios definidos con el fin de alcanzar objetivos particulares de gestión a través de la educación, la recreación, el ecoturismo y el desarrollo de infraestructura de apoyo a la investigación. |
Tomado de: “Actualización del Plan de Manejo del Área de Manejo Especial Étnica Alto Amurrupá, Convenio de asociación 426 de 2018, CARDER – PNN – ASOCASAN”.
Acta de creación del AME, documento Plan de manejo 2012 y documento Actualización del Plan de Manejo 2019.