MEDIDAS CARDER – (COVID-19)
DECRETO 531 DEL MINISTERIO DE INTERIOR – 8 DE ABRIL DE 2020
POR EL CUAL SE IMPARTEN INSTRUCCIONES EN VIRTUD DE LA EMERGENCIA SANITARIA GENERADA POR LA PANDEMIA DEL CORONAVIRUS COVID-19 Y EL MANTENIMIENTO DEL ORDEN PÚBLICO
Enlaces de interés
- DIRECTORIO SERVIDORES PÚBLICOS
- OFICINAS VERDES EN EL DEPARTAMENTO DE RISARALDA
- SISTEMA PQRSD
- TRÁMITES Y FORMULARIOS ÚNICOS NACIONALES
Información de interés
Horario de atención:
Lunes a viernes de 7:00 am a 3:30 pm
Horario de expedición de salvoconducto:
Lunes a viernes de 8:00 am a 12:00 m
*En virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del COVID 19
La CARDER según lo establecido en la Resolución A-0188 de 7 de abril de 2021 y siguiendo las instrucciones dadas por el Gobierno Nacional, y acogiéndose al cumplimiento de las normas de Bioseguridad, continúa prestando servicio en su sede principal, así:
De lunes a viernes la atención para la recepción y radicación de documentos de manera presencial, notificaciones, tesorería y ventanilla verde se efectuará en el horario de 7:00 am a 3:30 pm., la expedición de salvoconducto en el horario de 8:00 a 12:00 m, igualmente se mantendrán habilitados los medios tecnológicos para efectuar atención por medio de los canales virtuales.
- Atendiendo las medidas de las autoridades nacionales y locales relacionadas con la prevención del Covid-19, activamos nuestros canales virtuales:
Correo electrónico: carder@carder.gov.co
Página web: www.carder.gov.co
Telefónica: +57 (6) 3116511